• El distrito tiene 263 bienes inmuebles de interés cultural, pero solo a cuatro de ellos se les ha implementado un Plan Especial de Manejo y Protección.
• Dicha acción de cumplimiento será tramitada en el Juzgado 6 Administrativo Oral de Cali.
Santiago de Cali, 10 de mayo de 2022
Tras reiterados y desatendidos llamados del concejal Juan Martín Bravo para que la administración distrital aplique el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) a los Bienes de Interés Cultural (BIC), el cabildante instauró una acción de cumplimiento ante el Juzgado Contencioso Administrativo.
La acción de cumplimiento pide que se adopte lo estipulado en el Plan de Ordenamiento Territorial que rige en la ciudad desde 2014, en especial en el artículo 111, que define dos instrumentos para garantizar la protección del patrimonio cultural material de Santiago de Cali, y el artículo 140, que establece la reglamentación de transferencia de derechos de edificabilidad, que deben ser reglamentados mediante acuerdo municipal.
“Cali tiene 263 Bienes de Interés Cultural entre los que están La Sagrada Familia, el Molino de Roncallo, las Bodegas del Ferrocarril, la Casa Jorge Isaacs, la iglesia La Ermita y muchos otros que se encuentran en un mal estado. Hay que hacer algo. Por eso, es importante adoptar lo que dicta el POT, porque solo se les ha hecho el Plan Especial de Manejo y Protección a cuatro de estos bienes. ¿Qué sucede con los otros 259?”, dijo el concejal Bravo.
De acuerdo con el cabildante, urge encontrar una solución definitiva para que estos bienes inmuebles cumplan con su tarea de conservar el patrimonio público de la ciudad. Una alternativa es conseguir recursos por medio del concepto de edificabilidad en altura. Para esto, se necesita que Planeación Distrital y todos los entes de control se apersonen de la situación.
“La conservación y mantenimiento de estos bienes implican cuantiosas sumas de dinero que no están dentro del presupuesto anual de la ciudad. Por eso, es importante que sean autosostenibles y que frenen su deterioro para generar utilidades”, agregó el concejal Juan Martín.
Cabe resaltar que la administración distrital no ha presentado ningún proyecto ante el Concejo de Cali con base en la reglamentación de transferencia de derechos de edificabilidad establecida en el artículo 140 del POT, que permite hacer modificaciones estructurales en estos bienes mientras sean aprobadas por acuerdo municipal.
“Esta situación tampoco ha permitido sacar provecho de los inmuebles BIC para que se presenten proyectos económicos en torno a estos y que generen un ingreso para su autosostenibilidad y para la ciudad”, puntualizó el concejal Bravo.